LOBO ESTEPARIO

23 DE AGOSTO 2012

EL MATRIMONIO ENTRE PERSONA DEL MISMO SEXO.

En su momento, cuando en el Distrito Federal se comenzó con la idea de permitir a las personas del mismo sexo, sean hombre o mujeres unirse en una relación permanente, tal como si fueran un matrimonio, la idea que se les ocurrió a los legisladores fue crear una figura jurídica única y especial, distinta del concepto tradicional de matrimonio y lo llevaron a denominar “Sociedades de Convivencia”, dando a entender que se trataba de una relación permanente y no transitoria, para que a su vez pudieran generarse derechos y obligaciones tal como si fueran una familia, esposos sobre todo: para efectos de sucesión, seguridad social, alimentos y en general las obligaciones de un matrimonio. En su momento, en distintas discusiones de café, este escritor sostenía que para ello existían figuras jurídicas a las cuales se podía acudir para no crear una nueva institución y contribuir a la ya de por sí compleja legislación familiar; es decir, si un individuo hombre o mujer deseaba dejar una herencia o compartir sus bienes, está respectivamente el testamento en sus varias formas, o las donaciones; si se trataba de dar seguridad social existe la dependencia económica o los beneficios de algunos planes de seguridad social económicos; alimentos, pues la disposición de apoyar económicamente al otro y hacer un proyecto de vida común de apoyo y consideraciones mutuas fundadas en el amor con independencia de lo masculino y lo femenino, privilegiando lo humano en su más estricto sentido de la palabra; obviamente quedó sólo en una elucubración y subsistió tal figura por algunos años, a partir de ese entonces parejas de todo el país decidían viajar al D.F. a casarse y era muy común ver a parejas del mismo sexo paseando en Reforma, en las bancas y parques como cualquier pareja de novios o esposos; no obstante, la evolución del derecho llevó a los legisladores del Distrito Federal a ir más allá, al equiparar esas uniones como un matrimonio, lo cual consideramos que es un error, hemos sostenido que es preciso llamar a las cosas por su nombre y no confundirlos, la pena de crear una confusión de términos y conceptos, anquilosando la riqueza del lenguaje jurídico, creando una fusión que no beneficia en nada a la Ciencia del Derecho; sostenemos esto, porque el matrimonio proviene del concepto de madre, de la procreación, y una pareja del mismo sexo es claro que no puede procrear y si bien existe la posibilidad de adoptar, la adopción, aún en la actualidad, siguiendo un modelo del derecho Romano debe cumplir con un principio denominado “adoptio imitatur naturae” es decir, la adopción debe imitar a la naturaleza, tanto en lo orgánico como en lo sociológico, se debe dar en adopción a una pareja en edad fértil, tal como si les hubiera sido posible procrear un hijo y obviamente que se trate de un hombre y una mujer; pero más allá de este principio, es claro que el matrimonio no es el concepto adecuado para la unión de dos personas del mismo sexo, en nuestra opinión es más propio decir “Maridaje” que es un concepto que emula la unión de dos cosas, homogéneas o heterogéneas pero que al final producen un resultado armonioso, tal vez contrastante pero en armonía, así el término de maridaje recoge de una mejor manera el concepto que se quiere definir; en suma, el término de matrimonio en tres fórmulas: hombre y mujer, dos hombres y dos mujeres, es una mixtura que desvirtúa la etimología en sí misma.

Debemos hacer la aclaración acerca de que no estamos en contra de dichas uniones, sino de preservar la pureza, dignidad, eficacia y honor de nuestra Ciencia del Derecho, que no sea un remedio para justificar vaivenes políticos o parches para remediar o pretender legislar sobre los usos de las personas y sus relaciones sociales; tampoco adolecemos de misoginia ni homofobia, simplemente es una opinión estrictamente jurídica.

Regresando al tema, además de la errónea designación de tales uniones, hemos sostenido que el Máximo Tribunal del País no apoya a la construcción de nuestra Ciencia del Derecho y su interpretación, pues llevan al extremo la máxima acerca de que “lo que no está prohibido está permitido” y como la Constitución no prohíbe ese tipo de uniones ni restringe el matrimonio a la unión de un hombre y una mujer, dice: es legal. Este es un gravísimo error, porque para refutar este argumento, este aficionado a las letras puede acudir a un argumento denominado “reducción al absurdo” y proponer: que si no está prohibido el matrimonio entre un hombre y un objeto, está permitido, o entre un hombre y un animal por ejemplo, así de terrible sería una interpretación tan cerrada.

El pretender que la Constitución contenga todas y cada una de las prohibiciones posibles, sería tanto como prever toda la capacidad inventiva y de imaginación torcida de los posibles intérpretes de la máxima ley, se antoja uno de los relatos sarcásticos, radicales y absurdos de Giovanni Papini en sus obras: “El Libro Negro” y “Gog”. La Constitución no puede contener todas las posibilidades y restricciones contra intérpretes furiosos y radicales.

Nuestra Constitución es tan cambiante como las mareas y corrientes del mar, a veces en lugar de ser nuestro faro guía es sólo la justificación de los que están en el poder en turno.

En conclusión, podemos decir que la unión de dos personas del mismo sexo no es algo nuevo, materialmente ya existían desde centurias atrás y seguramente seguirán existiendo, lo malo que nuestra ciencia sufre un retroceso en sus tecnicismos y en el fondo, este tipo de matrimonio no promete ser la solución para la felicidad de esas parejas, ni aun entre hombre y mujer existe armonía plena, ahora con el divorcio incausado el matrimonio ya ha dejado de ser un motivo de permanencia, por un lado se favorece la unión de personas del mismo sexo y por otro lado la destrucción unilateral del matrimonio que sea en sus tres fórmulas, parecen los inicios del antiguo liberalismo de “dejar hacer, dejar pasar”, que cada quien haga lo que desee con la legitimación de la ley.

Fulcanelli.

fulcanelli_escritor@hotmail.com